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El Seprona denuncia a una empresa por un vertido incontrolado de aceite y desengrasante en Las Caletas

Un vecino alertó a la Guardia Civil al ver una mancha de lo que parecía ser algún tipo de elemento químico

 

Lancelot Digital

Foto: Guardia Civil

 

El Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil procedió a la denuncia administrativa de una empresa por un vertido incontrolado de aproximadamente 100 litros de agua mezclada con aceite vegetal y desengrasante, en el litoral de la isla conejera durante el 5 de julio.

 

La actuación de la Guardia Civil comenzó por un aviso de un ciudadano que se hallaba en Las Caletas, el cual informó sobre una mancha de lo que parecía ser algún tipo de elemento químico en el litoral costero.Inmediatamente, los componentes del Seprona acudieron a la zona, localizando el citado vertido, y apreciando como el mismo tenía su origen en la sede de una factoría cercana. Una empresa que, según han indicado fuentes de la Benemérita a Lancelot Digital, se dedica a la recogida de aceite.

Ante la comisión de una infracción a la Ley 1/1999, sobre Residuos en Canarias, los agentes del Seprona se pusieron en contacto con los responsables de la empresa, comunicándoles la correspondiente denuncia por una infracción al artículo 12.1 de la mencionada ley, por la prohibición y prevención de deposito incontrolado y que será remitida, para su posterior tramitación a la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural del Gobierno de Canarias para su sanción.

 

Multas de entre 3.000 y 300.000 euros

 

La Guardia Civil recuerda que en base a la citada legislación, y más concretamente lo especificado en el artículo 18 de la referida ley y referente a la minimización de residuos y de su peligrosidad, las personas o entidades que produzcan residuos están obligados a aplicar la tecnología necesaria para favorecer la prevención en la generación de residuos y facilitar tanto su reutilización como su eliminación de la forma menos perjudicial posible, para la salud humana y el medio ambiente.

 

Las infracciones previstas en esta ley podrán dar lugar a la imposición de sanciones que pueden conllevar multas que oscilan desde los 3.000 a los 300.000 euros dependiendo de la gravedad del daño. El criterio de graduación de la sanción se fijará teniendo en cuenta el grado de participación de los sujetos, la intencionalidad o negligencia con que fue realizada la infracción, la cuantía del beneficio ilícito obtenido, la importancia de los daños y perjuicios causados, su transcendencia por lo que respecta a la salud de las personas, su grado de malicia, su reiteración y la posibilidad de reparación de la realidad física alterada.

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