San Bartolomé aprueba en pleno la ordenanza fiscal y de utilización de su merendero
Los exteriores y zona anexa de la Casa Mayor Guerra albergan la zona de entretenimiento más amplia de la localidad
Ciudadanía y colectivos podrán disfrutar de un merendero público en San Bartolomé, que podrán reservar con antelación para la celebración de eventos familiares con aforo limitado a 100 personas, destaca la alcaldesa María Dolores Corujo. Cabe resaltar la belleza de la zona y su alto valor patrimonial, y que por este BIC atraviesa un sendero de gran recorrido insular GR-131. Además en breve se realizarán obras de mejora del palmeral, con la creación de un circuito deportivo entre otras actuaciones.
La vecindad podrá disfrutar de un espacio de ocio y esparcimiento que además contribuye a poner en valor el patrimonio municipal. Esta zona ha contado con varios proyectos de remozamiento a los que se unirá en breve una intervención en la mejora del palmeral consistente en ponerles riego, el remozamiento de la zona, creación de un circuito kilometrado para correr, área deportiva y la ubicación de barbacoas en el exterior, destaca Alexis Tejera, concejal de servicios públicos, que señala además que el pasado año se hizo una intervención en la zona ajardinada.
El Ayuntamiento de San Bartolomé aprueba la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la autorización para la utilización del merendero municipal de San Bartolomé para la celebración de actividades de desarrollo social y eventos estrictamente familiares no abiertos a la pública concurrencia, teniendo los interesados/as que abonar una tasa de 35€ en el momento de la presentación de la solicitud. Asimismo en el pleno quedó aprobada la ordenanza reguladora de la utilización del merendero municipal de San Bartolomé para la celebración de actividades de desarrollo social y eventos estrictamente familiares no abiertos a la pública concurrencia.
La concejala de participación ciudadana, María Dolores Fernández destaca: “El merendero de San Bartolomé constituye un lugar de ocio y esparcimiento municipal y su utilización se podrá hacer previa autorización administrativa, que tiene carácter de intransferible. Lo podrán solicitar personas físicas para eventos familiares y asociaciones y entidades para actividades de desarrollo social, para cualquier día del año en horario de 10.00 a 23.00 horas. Cuenta con un aforo máximo de 100 personas, presentando la solicitud con al menos 30 días de antelación a la fecha para la que se solicite la autorización, debiendo acompañar a la solicitud una fianza de 100€, justificante del ingreso en concepto de tasa de 35€ y declaración responsable.