Un pequeño ejemplo de cómo quedaría la (ce) en lenguaje inclusivo
Por Bruno Perera
Como ejemplo. A continuación, vean en lo añadido en letras cursivas algo resaltante en esta parte de la Constitución Española sobre cómo quedarían algunos artículos de la misma.
DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA, A TODOS, TODAS Y TODES LOS QUE LA PRESENTE VIEREN Y ENTENDIEREN,
SABED: QUE LAS CORTES HAN APROBADO Y EL PUEBLO ESPAÑOL RATIFICADO LA SIGUIENTE CONSTITUCIÓN:
PREÁMBULO
La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos, cuantas, y cuantes la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de:
Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo.
Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular.
Proteger a todos, todas, todes los, las españoles, españolas y españolos y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.
Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos, todas y todes una digna calidad de vida.
Establecer una sociedad democrática avanzada, y colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.
En consecuencia, las Cortes aprueban y el pueblo español ratifica la siguiente
CONSTITUCIÓN TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1
1.España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad social, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. Entre ello, la libertad sexual de cualquier forma que la sientas o la practiques, y siempre que la lleves a cabo entre mayores de edad. También tienes el derecho a sentirte, persona, animal o cosa, o asimismo a escoger tu sexo, y es obligación del Estado otorgarte un DNI según el sexo, animalada o cosa que hayas escogido como identidad.
2.La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. Pero son los, las políticos, políticas y oenegés los, las que gobiernan y mandan.
3.La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria en la cual puede ser elegido, elegida o elegide como heredero, heredera o heredere "rey o reina" el hijo, hija o hije mayor, sin que importe su sexo ni tampoco su orientación sexual, o lo que crea que es. Por lo tanto si el heredero, heredera o heredere se siente como animal o cosa, se deberá admitir su sentimiento sin discriminación alguna y proclamarlo o proclamarla rey o reina. Salvo que 20 psiquiatras después de un gran análisis digan que el heredero, heredera o heredere está como una cabra harta de papel. En ese caso la elección de un rey o reina se hará por sorteo entre los demás familiares cercanos a la Familia Real, y siguiendo el mismo protocolo.
Artículo 2
La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos, todas y todes los españoles, españolas y españolos, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas. Pero entre las autonomías españolas hay algunas con más derechos que otras, y se debe a que son los y las que más lata han dado a los politicos y politicas, como son los casos del País Vasco y Cataluña. Sin duda para esas autonomías hay un perdón de aceptación que es hacer la vista gorda, y es algo que ya se da por normal aunque la (CE) no lo acepte.
Artículo 3
1.El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos, todas, todes los españoles, españolas y españolos, tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. Pero a los independentistas, independentistos e independentistes, cuando actúen en el Parlamento o en el Congreso de los y las diputados y diputadas, se les pondrá traductores para entenderlos/as mejor.
2.Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas siempre que sigan el lenguaje inclusivo de los Estatutos de LGTB+.
3.La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección, siempre y cuando sean lenguas de independentistas, independentistos e independentistes.
Artículo 4
1.La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas. También la bandera de colorines será respetada e izada en todos los entes oficiales.
2.Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales. Pero la bandera de colorines siempre debe ondear más alta que las oficiales.
Artículo 5
La capital del Estado es la villa de Madrid mientras España se mantenga unida.
Artículo 6
Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos que den el derecho a toda clase de amnistía y referéndums.
Artículo 7
Los sindicatos de trabajadores, trabajadoras y trabajadoros y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos. Y es obligación de cualquier empresa tomar trabajadores, trabajadoras y trabajadoros, aunque soliciten un empleo disfrazados para un carnaval.
Artículo 8
1.Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
2.Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar y policial conforme a los principios de la presente Constitución. Todos, todas, todes los, las españoles, españolas y españolos mayores de edad podrán ser miembros, miembras y miembres de cualquier fuerza militar y/o policial hasta su invalidez o pensión, sin que importe su sexo u orientación sexual. Y sus miembros, miembras y miembres podrán elegir los modelos y colores de los uniformes que a cada cual le plazca. Incluso botas tipo Drag Queen. Así también se permitirá la libertad de maquillaje y manicura a todos, todas y todes.
Artículo 9
1.Los, las ciudadanos, ciudadanas y ciudadanes y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
2.Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo, individua y endivide, y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos, todas, todes los, las ciudadanos, ciudadanas y ciudadanes en la vida política, económica, cultural y social.
3.La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. Y si te pasas y no cumples con lo estipulado en este artículo, se te condenará por racista, xenófobo o antihumano, salvo que seas comunista, comunisto, comuniste, inmigrante, inmigranta o inmigranto ilegal, o miembro, miembra o miembre de un grupo de LGT+.
TÍTULO I
De los derechos y deberes fundamentales
Artículo 10
1.La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social. Pero también aun siendo hombre, si te sientes mujer, tienes el derecho de entrar en baños femeninos a defecar o a orinar, y a participar en juegos deportivos que sean femeninos, etc. Y si eres mujer y te sientes hombre puedes ejercitar iguales derechos que los hombres, puedes defecar y orinar en baños para hombres, etc. Y si te sientes animal, el Gobierno está obligado a ponerte baño para animales en tu sitio de labor, en sitios públicos y en tu casa. Pero si te sientes cosa, entonces tienes derecho a todo.
2.Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España y que han sido propuestos y ratificados por los grupos LGT+.
CAPÍTULO PRIMERO
De los españoles, españolas, extranjeros, extranjeras y extrangeres
Artículo 11
1.La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley. Y con las nuevas leyes ya habidas y vigentes, tu nacionalidad puede ser humana, animal o cosa.
2. Ningún español, española o españolo de origen podrá ser privado, privada o privade de su nacionalidad.
3.El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos, ciudadanas, ciudadanes un derecho recíproco, podrán naturalizarse los, las españoles, españolas y españolos sin perder su nacionalidad de origen.
Artículo 12
Los, las españoles, españolas y españolos son mayores de edad a los dieciocho años.
Artículo 13
1. Los, las extranjeros, extranjeras y extranjeres, gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente Título en los términos que establezcan los tratados y la ley. Y como algo especial, todos, todas y todes los, las inmigrantes, inmigrantas y emigrantos ilegales que arriben a suelo español tienen el derecho de recibir paguitas y ayudas sociales.
2.Solamente los, las españoles, españolas y españolos serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales.
3.La extradición sólo se concederá en cumplimiento de un tratado o de la ley, atendiendo al principio de reciprocidad. Quedan excluidos de la extradición los delitos políticos y los de terrorismo, y solo y siempre cuando los actos políticos y de terrorismo hayan sido cometidos por independentistas, independentistos e independentistes.
4.La ley establecerá los términos en que los, las ciudadanos, ciudadanas y ciudadanes de otros países y los apátridos, apátridas y apátrides podrán gozar del derecho de asilo en España.
Amén en esta parte de la (CE).