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El nuevo Reglamento General de Circulación afecta a ciclistas, conductores y a los sistemas informatizados de la DGT

Está previsto que entre en vigor el próximo mes de marzo

 

Jesús Lasso

 

En mayo de 2014 entró en vigor una importante reforma del Código de Circulación, ahora, está previsto que en el próximo mes de marzo, vuelva a producirse una modificación que afecta a los ciclistas, los conductores y hasta a los sistemas informatizados, como el registro electrónico o la integración de la ITV en el sistema informático de la DGT. Las novedades afectarán a más de 20 millones de conductores.

 

Aumento de velocidad a 130 km/h en autovías y autopistas

 

El nuevo Reglamento establece la posibilidad de aumentar la velocidad en autovías y autopistas a 130 km/h en determinadas zonas.

 

Nuevos límites en carreteras convencionales

 

En carreteras secundarias con una anchura de 6,5 metros o más, se bajará de 100 a 90 km/h, es donde más accidentes se registran. En las de anchura inferior a los 6,5 m con marcas de separación para ambos sentidos se reduce a 70 km/h, si las marcas no existen se reduce aún más, hasta los 50 km/h.

 

Tráfico urbano

 

En ciudad, se pasará de 50 a 30 km/h en calles con un solo carril y sentido único y a 20 km/h en las calles con plataforma única de calzada y acera (cuando ambas están al mismo nivel).

 

La potenciación del uso de la bicicleta y la reducción de la siniestralidad en los cascos urbanos son objetivos que tendrán como aliada la introducción del límite de velocidad a 30 km/h en muchas calles. Es básica la regla en función de la cual el fallecimiento del peatón se produce en función de la velocidad del vehículo de motor.

 

Los menores de 16 años deberán llevar obligatoriamente casco independientemente de la vía. Las bicicletas no podrán circular a mayor velocidad que los peatones en aceras y lugares de prioridad peatonal.

 

En el caso de las motos y ciclomotores, se suprime la exención médica de no utilizar el casco de protección, y la posibilidad de uso de cascos certificados no homologados. Asimismo, se da cobertura legal a las denominadas zonas de espera adelantada en los cruces (sobre todo en los regulados por semáforos), tanto en su señalización como en el acceso y su uso por parte de los motoristas.

 

Cinturones de seguridad

 

Por lo que se refiere a cinturones de seguridad y sistemas de retención homologados, ningún ocupante de un vehículo a motor puede quedar sin protección en ninguna situación. Además, se aprovecha esta modificación 5 para incorporar a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva de ejecución 2014/37/UE, de la Comisión, de 27 de febrero de 2014, por la que se modifica la Directiva 91/671/CEE del Consejo, relativa al uso obligatorio de cinturones de seguridad y dispositivos de retención para niños en los vehículos.

 

En cuanto a sistemas de retención, se eliminan las exenciones de uso de los cinturones que no estén justificadas, salvo a la hora de maniobrar marcha atrás o al estacionar, los taxistas cuando estén de servicio, los repartidores, los pasajeros que vayan de urgencia médica o los profesores de autoescuela que acompañen a un alumno durante el aprendizaje.

 

ITV

 

Se elimina la obligatoriedad de que el vehículo tenga que volver a pasar inspección técnica en casos de deterioro, extravío o sustracción del permiso o la licencia de circulación. Con ello se suprime una carga innecesaria para los ciudadanos, y que ha sido fuente de reiteradas quejas.

 

Se introduce la obligatoriedad de que la tarjeta de inspección técnica sea en soporte electrónico para las que son de tipo B, y con ello se avanza de forma decidida en que el procedimiento administrativo de matriculación de los vehículos pueda realizarse de forma electrónica.

 

Costará menos

 

También hay modificaciones en el plano burocrático. Por un lado, se introduce la posibilidad de que existan intermediarios que representen a una persona física o jurídica ante la DGT en el caso de la tramitación de multas, alegaciones, consulta de puntos, seguros, matriculaciones… Por otro, se integra la base de datos de las ITV en la de la DGT, por lo que no será necesario presentar la documentación físicamente.

 

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