Las jaulas marinas entre Arrecife y Playa Honda, más cerca
El Gobierno de Canarias tramita la petición de Yaizatún, que ya desmanteló sus instalaciones en Playa Quemada
Lo que muchos consideran una amenaza para el litoral de sur- este de Lanzarote con la instalación de jaulas marinas entre Arrecife y Playa Honda, se acerca cada vez más. En el BOC se anuncia hoy la solicitud de Yaizatún para la colocación de esas instalaciones.
La empresa que ya desmanteló las jaulas de la zona marina de Playa Quemada insiste en ahora colocarlas en la zona próxima al aeropuerto de Lanzarote, que muchos consideran inadecuada no sólo por los posibles daños medioambientales a los fondos marinos sino por estar cerca de la zona turística de Puerto del Carmen.
La mayoría de los sectores sociales y económicos de la isla se pronunciaron contra esas instalaciones. La hasta ahora presidenta del Cabildo, la socialista Dolores Corujo, fue tajante declarando que esas jaulas nunca se iban a colocar en Lanzarote. De momento los trámites para la instalación continúan.
De hecho, la resolución publicada este lunes 26 de junio en el BOC señala que “dando cumplimiento al resuelvo cuarto de la Orden de la Sra. Consejera de Agricultura, Ganadería y Pesca, de inicio del procedimiento de revisión de oficio, de la Resolución de la Dirección General de Pesca, de 1 de agosto de 2022, por la que se selecciona el proyecto presentado por la entidad mercantil Yaizatún, S.A., como proyecto ganador del concurso público, para el otorgamiento de una concesión acuícola a situar en el ámbito geográfico marino de la zona de interés acuícola ZIA-LZ-2 de la isla de Lanzarote, convocado por Resolución de 28 de octubre de 2021 (BOC n.º 237, de 18.11.2021), incoado en virtud del requerimiento previo a la vía judicial contencioso-administrativa, interpuesto por el Cabildo Insular de Lanzarote, se procede a dar nuevo trámite de información pública, conforme a los siguientes extremos:
Mediante Resolución de la Dirección General de Pesca de 1 de agosto de 2022, se seleccionó el proyecto presentado por la entidad mercantil YAIZATÚN, S.A., como proyecto ganador del concurso público para el otorgamiento de una concesión acuícola a situar en el ámbito geográfico marino de la zona de interés acuícola ZIA-LZ-2 de la isla de Lanzarote, convocado por la Resolución de 28 de octubre de 2021 (BOC n.º 237, de 18.11.2021).
El proyecto seleccionado se ha realizado conforme a las directrices contenidas tanto en el Plan Regional de Ordenación de la Acuicultura de Canarias, aprobado definitivamente por el Decreto 102/2018, de 9 de julio (BOC n.º 146, de 30.7.2018), como con las contenidas en la Ordenación Detallada de la ZIA-LZ-2, aprobada mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca de 11 de febrero de 2021 (BOC n.º 41, de 1.3.2021).
En dicha Orden de aprobación de la Ordenación detallada de la referida ZIA-LZ-2, figuran dos unidades de desarrollo sistemático la U.R.D.S.1 y la U.R.D.S-2. El concurso instado lo fue sobre la unidad de desarrollo sistemático U.R.D.S-2, para la que se aprobaron los parámetros establecidos en el Anexo II de la referida Orden, donde figura la Ficha de esta Unidad de Referencia para el Desarrollo y las de Ejecución sistemática del Ámbito Geográfico Marino AGM-LZ-2, para las U.R.E.S.-1 y la U.R.E.S.-2.
MAGNITUDES GLOBALES:
A.G.M.-LZ-2 para la U.R.D.S.-2 y las U.R.E.S.-1, U.R.E.S.-2:
Superficie marina A.G.M. 12.387.830,00 m2
Superficie marina U.R.D.S. -2 6.639.675,00 m2
Superficie marina U.R.E.S. -1 5.004.932,00 m2
Superficie marina U.R.E.S. -2 1.634.744,00 m2
Aprovechamiento Acuícola Productivo U.R.D.S.-2: 14.472 Tn
Aprovechamiento Acuícola Productivo U.R.E.S.-1: 10.909 Tn
Aprovechamiento Acuícola Productivo U.R.E.S.-2: 3.653 Tn
Aprovechamiento Acuícola Productivo a distribuir: 5.070 Tn
Parámetros Específicos, según la Ordenación Detallada aprobada:
Ocupación Máxima de Jaulas 50%
Línea de Costa de la A.G.M. LZ-2 9.293,00 m2
Ancho de la U.R.D.S.-2 1.363,90 m
Ocupación de la U.R.D.S.-2 60% 2.787,91 m
Retranqueo de las jaulas dentro de la U.R.D.S.-2 700 m y 300 m
Profundidad Establecimiento Acuícola 30 m
Especies a cultivar: Cualquier especie de interés acuícola del Listado de Especies de Interés para la Acuicultura por el artículo 14 y siguientes de la Normativa del PROAC, así como las modificaciones de ésta conforme al artículo 21.9 de LPC.
Tipo de establecimiento: Cualquier establecimiento para la acuicultura definidos y clasificados por los artículos 20 y 21 en relación con el artículo 39 y siguientes de la normativa del PROAC.
A los efectos previstos en el artículo 33 de la Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias, en relación con el artículo 62.3 de su Reglamento, aprobado por el Decreto 182/2004, de 21 de diciembre, se somete a información pública el Proyecto presentado por el promotor eleccionado, YAIZATÚN, S. A., durante el plazo de 1 mes, a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, pudiendo presentarse cuantas alegaciones y observaciones motivadas, se estimen oportunas, para lo que se podrán examinar todos los documentos técnicos del proyecto que nos ocupa, en la sede de la Dirección General de Pesca, Servicio de Estructuras Pesqueras, sita en la Avenida Alcalde Ramírez Bethencourt nº 22, Edificio Jinámar, Planta 0, en Las Palmas de Gran Canaria