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El caso Batllori: todos condenados


La Audiencia Provincial ya ha dictado la sentencia del primer juicio del caso 'Unión' con penas de cárcel para todos los acusados: Francisco Rodríguez Batllori, Dimas Martín, Plácida Guerra, Luisa Blanco, Rafael Elorrieta y José Miguel Rodríguez.

Vea la sentencia completa

 

Yolanda Téllez

Foto: Jesús Betancort

 

La Audiencia Provincial ya ha dictado una sentencia sobre el primer juicio del caso 'Unión' en el que el ex consejero del Gobierno de Canarias, Francisco Rodríguez Batllori, era uno de los principales imputados, Tanto Batllori como el resto de acusados, el fundador del PIL, Dimas Martín, la ex concejal de Arrecife, Luisa Blanco, el ex consejero del Gobierno de Canarias Francisco Rodríguez Batllori, la ex consejera del Cabildo de Lanzarote, Plácida Guerra, el ex gerente de Inalsa, Rafael Elorrieta y el ex concejal de Arrecife, José Miguel Rodríguez, han sido condenados.

 

Lancelot Digital ha adelantado en primicia esta noticia, antes de que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias haya hecho pública la sentencia. Según la misma, la Audiencia Provincial considera que todos ellos incurrieron en un delito de fraude en concurso con malversación y prevaricación. 

 

A Rodríguez Batllori, que suma además un delito de falsedad documental, se le condena a 7 años y tres meses de prisión, mientras que a Dimas Martín se le impone una pena de cinco años y medio. Plácida Guerra y Rafael Elorrieta han sido condenados a cinco años de prisión y Luisa Blanco a cuatro y medio.

 

A José Miguel Rodríguez, por confesar y colaborar en la investigación, se le condena tan sólo a un año de cárcel, por lo que no entrará en prisión. 

 

 

Tendrán que devolver el dinero malversado

 

Asimismo, los condenados tendrán que devolver el dinero malversado. Dimas Martín, Francisco Rodríguez Batllori, y el ex concejal de Arrecife, José Miguel Rodríguez, tendrán que pagar 19.764,72 euros en el caso del Ayuntamiento de Arrecife y Luis Blanco 7.411 euros, aunque Rodríguez ya los devolvió. En el caso de Inalsa, Dimas Martín, Francisco Rodríguez Batllori, Rafael Elorrieta y Plácida Guerra tendrán que devolver 26.089,40 euros.

 

La sala considera probado que Dimas Martín y Francisco Rodríguez Batllori, entonces funcionario del Gobierno de Canarias, se concertaron a principios de 2008 “para que el segundo, de forma indebida y sin contraprestación alguna se beneficiara de fondos públicos de la isla de Lanzarote”.

 

“A este fin el acusado Francisco José Rodriguez Batllori, guiado por el ánimo de lucro y con la finalidad de satisfacer determinados gastos, y con perfecto conocimiento de las ascendencia que el acusado Dimas Martín Martín tenía sobre los cargos públicos del Ayuntamiento de Arrecife pertenecientes al Grupo PIL, se concertó con el mismo para que, previa presentación de minutas que no se correspondían con la realización de servicio alguno para el Ayuntamiento de Arrecife, obtener el abono de la misma con cargo a fondos públicos”, sostiene la sala.

 

“A su vez Dimas Martín Martín era perfecto conocedor de las influencias que el Francisco Rodríguez-Batllori, en atención a los cargos desempeñados en el Gobierno de Canarias, y que las mismas le podían reportar beneficios en su situación penitenciaria, habiendo realizado, efectivamente, el acusado gestiones para la consecución del tercer grado penitenciario a Dimas Martín”, añade.

 

Se declara igualmente probado que “guiados por el idéntico ánimo de lucro, los acusados Dimas Martín y Francisco Rodríguez Batllori buscaron una segunda fuente de ingresos para el segundo provenientes de fondos público, en este caso de Inalsa” para lo que, según la Audiencia Provincial, Dimas Martín “se valió de su ascendencia sobre Plácida Guerra”, quien firmó todos los pagos junto al gerente entonces de Inalsa, Rafael Elorrieta.

 

En ambos casos se considera probado que no existía “contrato alguno” y que el pago sólo se amparaba “en el concierto alcanzado por Dimas Martín y Francisco Rodríguez Batllori”, al que se sumaron el resto de acusados.

 

En el juicio, que se celebró entre octubre y noviembre en Lanzarote y Las Palmas de Gran Canaria, las defensas de distintos imputados pidieron la nulidad de la vista oral alegando irregularidades en la instrucción, pero la Audiencia Provincial decidió seguir adelante al entender que las presuntas irregularidades no tenían que ver con esta pieza separada, sino con la principal, y que ya se resolverá sobre ellas en su momento.

 

La vista oral estuvo marcada por la confesión de José Miguel Rodríguez y la negativa de los hechos del resto de acusados. Dimas Martín y Francisco Rodríguez Batllori, principales imputados en este primer juicio, lo negaron todo, incluida la autoría de las cartas y de las grabaciones, afirmando que no se reconocían en las mismas.Mientras, Luisa Blanco, Plácida Guerra y Rafael Elorrieta trataron de justificar los trabajos de Batllori a Arrecife e Inalsa.

 

Presunto delito de falso testimonio de uno de los testigos

 

Ahora, la Audiencia Provincial no sólo les ha condenado a todos ellos, sino que ha pedido que se abran diligencias contra el ex asesor de Inalsa, Roberto Acuña, uno de los testigos de la defensa, Roberto Acuña Armas. En la sentencia, pide que deduzca testimonio de la declaración durante el juicio, tanto de las grabaciones como de las actas, de Acuña por un presunto delito de falso testimonio.

 

 

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