Domingo, 14 Diciembre 2025
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

Lo están desde el 14 de agosto de 2020 y todavía se mantiene la reestricción

 

  • Lancelot Digital



La llegada de la pandemia a nuestro país ha supuesto un gran cambio en nuestro ritmo de vida que nos ha obligado, entre otras cosas, a abandonar muchas de las actividades sociales de las que solíamos disfrutar. A causa de esto, muchos negocios de hostelería se han visto obligados a cerrar sus puertas tras la brusca bajada en sus ingresos registrados. Si bien es cierto que el desarrollo de las vacunas supone un paso fundamental a nuestro favor en la lucha contra la crisis sanitaria, a día de hoy todavía hemos de convivir con numerosas restricciones diseñadas para asegurar nuestra salud.



Hablamos con Álex Moreno, responsable de comunicación y marca de Woodenbird sobre esta prohibición del uso de shishas en los bares y locales de Canarias, actividad que implicaba el compartir una pipa con otras personas y que, dados los peligros de contagio, el Gobierno se ha visto obligado a prohibir.



El día 14 de agosto de 2020, el Gobierno de Canarias publicó la prohibición del uso de cachimbas y shishas en los bares y locales de ocio nocturno a través del Boletín oficial de Canarias. Esta medida, junto a otras más incluidas en la misma normativa, fueron implementadas para frenar la expansión del coronavirus en el archipiélago canario que, por aquel entonces, estaba azotando a las islas. También se hizo un llamamiento a los jóvenes canarios para que evitaran, en la medida de lo posible, la transmisión del virus manteniendo una actitud más responsable.



"Es algo comprensible que se prohiban en muchos lugares pero se deberían empezar a reevaluar estas medidas para permitir el uso de shishas al menos en locales seguros" añade Álex.



En la actualidad, esta prohibición aún sigue vigente en las Islas Canarias, según el BOC publicado referente a este tema: la Ley 1/2021, de 29 de abril, por la que se establece el régimen sancionador por incumplimiento de las medidas de prevención y contención frente al COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Canarias. El Artículo 6 de dicha normativa establece una lista de comportamientos y actividades consideradas como infracción, entre las que encontramos "El incumplimiento de las restricciones de fumar, usar dispositivos de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas, shisha o asimilados impuestas por la autoridad sanitaria para la prevención de la COVID-19".



Cabe destacar también otros comportamientos que la ley antes citada considera como "Infracciones graves" y que vienen listadas en el Artículo 6, apartado B, tales como el consumo en grupo de alcohol o estupefacientes en la vía pública por grupos de más de 10 personas o el quebrantamiento de las medidas provisionales en conformidad con la ley en cuestión cuando esta de lugar a un riesgo o daño grave para la salud de la población.



Se recomienda a jóvenes y negocios de hostelería visionar el listado de comportamientos considerados como infracción para evitar problemas con las autoridades pertinentes, de momento como nos comenta Álex la única alternativa que nos queda es tener que quedarse en casa para fumar una shisha: "al menos hasta que se mejore la situación y el Gobierno vuelva a permitir poder fumar shisha en locales dedicados y de ocio nocturno" afirma el responsable de comunicación y marca de Woodenbird.


PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
×